Fiscalía formalizó denuncia penal a 11 oficiales de la PNP por muerte de Inti Sotelo y Bryan Pintado

La Primera Fiscalía Penal Supraprovincial de Lima Especializada en Delitos de Derechos Humanos, a cargo de la fiscal Jhousy Aburto Garavito, formalizó denuncia penal contra 11 oficiales de la Policía Nacional por la presunta comisión de los delitos de homicidio agravado y otros, en agravio de Inti Sotelo y Bryan Pintado, quienes perdieron la vida durante las protestas ciudadanas de noviembre de 2020, en el centro de Lima.

El teniente general Jorge Lam Almonte, el general Jorge Cayas Medina, los coroneles Percy Tenorio Gamonal y Carlos Vicente Villafuerte, los comandantes Charles Apaza Pilares, Giulianno Arguedas Pérez y Víctor Oliva Angulo; los mayores José Solari Chillcce y Juan Chenet del Pozo, así como el capitán Mario García Chávez fueron comprendidos en la investigación por los presuntos delitos contra la vida el cuerpo y la salud –en la modalidad de asesinato con alevosía–, lesiones graves y leves, y contra la administración pública –en la modalidad de abuso de autoridad–, en el contexto de graves violaciones a los derechos humanos.

Al teniente general Jorge Lam Almonte, en su calidad de comandante general (e) y sub comandante general PNP, se le imputa ser autor mediato, en dominio de organización, de la presunta comisión de los delitos de asesinato con alevosía en agravio de Inti Sotelo y Bryan Pintado; lesiones graves y leves contra de 80 manifestantes, y contra la administración pública en la modalidad de abuso de autoridad al haber ordenado y emitido disposiciones para la realización de las operaciones policiales en las protestas de noviembre.

En tanto, al general Jorge Luis Cayas Medina, en su rol de jefe de la Región Policial Lima, y otros oficiales, se les sindica como coautores de los mismos delitos, al haber ejecutado la represión policial indiscriminada y distribuido los roles específicos con sus subordinados.

La investigación fiscal señala que los altos mandos de la Policía Nacional no solo tuvieron conocimiento de los hechos, sino que, abusando de su alta jerarquía dentro de la estructura policial, habrían ordenado el uso de la fuerza pública, de manera indiscriminada, desproporcional e ilegal, con la utilización de armas potencialmente letales y municiones prohibidas, para impedir que los manifestantes se movilicen hacia Palacio de Gobierno y al Congreso de la República, y para neutralizar toda protesta social contra el nuevo gobierno de Manuel Merino de Lama.

Cabe señalar que el uso indiscriminado de la fuerza por parte de los efectivos de la Policía no solo fue dirigido contra los manifestantes, sino también contra periodistas que cubrían las movilizaciones portando sus credenciales de “prensa”.

Durante la investigación se llegó a determinar que los imputados habrían concertado un plan criminal ordenando, autorizando y ejecutando la utilización de los medios de la policía de manera arbitraria.

La presente investigación partió de la premisa de que los delitos de homicidio, lesiones graves y leves y el abuso de autoridad se dieron en un contexto de graves violaciones a los derechos humanos, toda vez que los efectivos policiales, al ejercer su función de garantizar y resguardar el orden interno, habrían hecho un uso indiscriminado, desproporcional e ilegal de la fuerza pública, afectando derechos fundamentales a la vida, la salud, integridad, libertad de expresión, a la protesta, entre otros.

La fiscalía declaró complejo el caso y estableció un plazo de ocho meses para la investigación, la misma que puso en conocimiento del juez de investigación preparatoria especializado en crimen organizado de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada.

Cabe recordar que, por este mismo caso, el pasado lunes la Fiscal de la Nación, Zoraida Avalos Rivera, denunció constitucionalmente –ante el Congreso de la República– a Manuel Merino de Lama, Ántero Flores-Aráoz y Gastón Rodríguez Limo, en su condición de expresidente, expremier y exministro del Interior, respectivamente, como presuntos autores (por omisión impropia) de los delitos de homicidio, lesiones graves y leves, a título de dolo eventual.

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