177 denuncias contra docentes por delitos contra la libertad sexual no fueron atendidas oportunamente
Amazonas. - La Contraloría General identificó que 177 procesos administrativos disciplinarios (PAD) contra docentes de las Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL) de Condorcanqui (161) e IBIR Imaza (16), por denuncias sobre presuntos delitos de violación de la libertad sexual en agravio de escolares, no fueron atendidas oportunamente en concordancia con la normativa aplicable.
Según el informe de auditoría realizado a la Dirección Regional de Educación Amazonas, el incumplimiento en la ejecución de los PAD dentro de los plazos establecidos por hechos ocurridos en el periodo del 1 de enero del 2015 al 31 de julio del 2018, generó que prescribieran los procesos y la falta de sanción a los responsables.
La Contraloría General identificó la presunta responsabilidad administrativa PAS de 22 trabajadores, de los cuales seis (6) también tendrían responsabilidad penal, quienes cumplían las funciones de directores e integrantes de las comisiones permanentes de procesos administrativos disciplinarios para docentes de la UGEL Condorcanqui y UGEL IBIR Imaza, al dejar de ejercer oportunamente las acciones administrativas que eran de su competencia, lo cual permitió que los docentes implicados en las denuncias, continúen ejerciendo su labor pedagógica en diferentes instituciones educativas.
Según el informe de auditoría ejecutado por profesionales de la Gerencia Regional de Control de Amazonas, se pudo advertir 6 aspectos relevantes que afectaron la trasparencia, probidad, legalidad y normal desarrollo que deben regir los Procesos Administrativos Disciplinarios de las denuncias, así como el Servicio Educativo Público.
El informe de Auditoría de Cumplimiento N°734-2019-CG/GRAM-AC fue remitido a la Procuraduría Pública encargada de los asuntos judiciales de la Contraloría General y al Órgano Instructor competente, para el inicio de las acciones legales y el procedimiento administrativo sancionador correspondiente.
Como resultado de la evaluación realizada en la auditoría de cumplimiento, se identificaron los siguientes hechos relevantes:
De acuerdo a la base de datos proporcionada por el presidente de la comisión permanente de la UGEL Condorcanqui, se obtuvo un total de 232 expedientes, los cuales no tienen correlación con los expedientes entregados en físico, siendo sólo 161 el número de expedientes analizados y facilitados por la UGEL Condorcanqui, desconociéndose la ubicación o existencia de los 71 expedientes restantes; situación que evidenció la ausencia de control e informalidad en la custodia de los referidos expedientes, así como omisión en la reconstrucción de los mismos.
Se verificó que los documentos administrativos que conforma los expedientes de los Procesos Administrativos Disciplinarios (PAD), se encuentran incompletos y no existen controles internos adecuados que permitan su ubicación y registro dentro de las oficinas de las comisiones permanentes de la UGEL Condorcanqui y UGEL IBIR Imaza, afectando la transparencia y acceso a la información, así como el riesgo de pérdida, deterioro o mal uso de la información de los expedientes.
Se evidenció que los procedimientos realizados por las comisiones permanentes, no respetan lo establecido en la normativa aplicable, ya que de los 177 expedientes: 95 no cuentan con informes preliminares, 59 no cuentan con investigaciones previas, en 65 expedientes no se respetó el plazo establecido de treinta días y no existió custodia exclusiva de los mismos hasta que culmine el Proceso Administrativo Disciplinario, afectando el normal desarrollo que deben seguir los procesos administrativos disciplinarios contra los docentes involucrados.
Se comprobó que los titulares de la UGEL Condorcanqui y UGEL IBIR Imaza designaron y reconformaron a los secretarios técnicos de las comisiones permanentes, sin cumplir con los requisitos establecidos en la normativa aplicable, al no cumplir con ser representante de la oficina de Personal o tener título profesional de abogado, lo que impidió que puedan cumplir con sus funciones asignadas, obteniendo como resultado plazos vencidos (65 expedientes), falta de investigaciones previas (59 expedientes), falta de emisión de informes preliminares (95 expedientes) e informes finales, ocasionando la prescripción de las denuncias.
Se determinó que los titulares de la UGEL Condorcanqui y UGEL IBIR Imaza, emitieron 36 resoluciones de instauración del proceso administrativo disciplinario (PAD), para los docentes denunciados, fuera del plazo de 5 días, contradiciendo la Resolución Viceministerial N° 091-2015-MINEDU, así como el cumplimiento de la sanción respectiva para docentes por denuncias contra la libertad sexual a estudiantes, al haber emitido sólo 11 resoluciones de sanción impuestas por el PAD sin estar debidamente suscritas.
Se evidenció que los titulares de la UGEL Condorcanqui y UGEL IBIR Imaza, no comunicaron al Ministerio Público 92 casos de denuncias sobre presunta comisión de delitos de violación de la libertad sexual, en los cuales correspondía continuar con las investigaciones y las posibles sanciones en la vía penal y civil, así como aplicar las medidas de separación preventiva en 129 expedientes, permitiendo que los denunciados continúen ejerciendo su labor con acceso a los estudiantes.
Finalmente, la actuación de los miembros de las Comisiones Permanente y directores de la UGEL Condorcanqui y UGEL IBIR Imaza, al dejar de ejercer sus funciones y atribuciones establecidas por ley, originó que la mayoría de los expedientes fueran tramitados sin tener en cuenta los plazos de ley, permitiendo que a la fecha existan 96 expedientes de denuncias prescritas y que 42 expedientes de denuncias no tengan efectos legales, al no estar suscritas debidamente por el director de la UGEL.
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