Agencias de viaje podrán iniciar actividades de turismo de aventura, canotaje y caminata

El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) aprobó el “Protocolo Sanitario Sectorial ante el COVID-19 para turismo de aventura, canotaje y caminata”. De esta manera, estas actividades podrán volver a operar en el marco de la tercera fase de reactivación económica aprobada por el Gobierno.

Gracias a este documento alrededor de 1 000 agencias de viaje, que prestan este tipo de servicios, podrán volver a operar desde hoy. Para ello deberán tener registrado el “Plan de vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo”, de acuerdo a lo establecido en la R.M. N° 448-2020/MINSA y enviarlo al correo electrónico empresa@minsa.gob.pe

Es importante recordar que, además de cumplir con el protocolo, las agencias deben acatar el Reglamento de Seguridad para la Prestación del Servicio Turístico de Aventura y el Reglamento de Canotaje Turístico, según corresponda.

El “Protocolo Sanitario Sectorial ante el COVID-19 para turismo de aventura, canotaje y caminata” establece una serie de medidas para salvaguardar la salud de los trabajadores y usuarios.

Así, el documento comprende, principalmente, las medidas preventivas sanitarias para el uso y desinfección del equipamiento y el desarrollo del servicio cuando este implique el pernocte en campo, entre otros.

Cabe indicar que el proyecto del protocolo fue elaborado por el Cenfotur, en coordinación con los representantes del sector privado, y revisado por el Ministerio de Salud.

El Mincetur invoca a los gobiernos regionales y locales a monitorear el cumplimiento de las disposiciones contenidas en el protocolo. Como se recuerda, tanto los gobiernos regionales y locales, según sus competencias, son los responsables de hacer las verificaciones e inspecciones. El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, a través de su iniciativa “Turismo Seguro”, brindará el apoyo a las labores de fiscalización.

    • El “Protocolo Sanitario Sectorial ante el COVID-19 para turismo de aventura, canotaje y caminata” puede descargarse a través del siguiente enlace: https://www.gob.pe/institucion/mincetur/normas-legales/1110079-171-2020-mincetur
    • El vacacionista nacional ha venido incrementando las actividades de turismo de aventura de manera sostenida en los últimos tres años. Pasando de un 6% en el 2017 al 15% en el 2019
  • Se recuerda que están excluidas de participar en la tercera fase de reactivación económica las zonas urbanas de Arequipa, Ica, Junín, Huánuco, San Martín, Madre de Dios y Áncash.

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