Ahora en el Perú dormir en el trabajo podrá ser motivo de despido
Quedarse dormido en la jornada de labores puede ser causa justa de despido, siempre y cuando esa conducta esté tipificada como falta laboral en el reglamento interno de trabajo, que quebranta la buena fe por incumplimiento de las obligaciones del trabajador.
Esta fue la resolución que dio este mes la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema el caso de un trabajador de una empresa agroindustrial en La Libertad.
Los jueces de la Corte Suprema tomaron en cuenta que dormir en horas de trabajo constituye una falta grave según el numeral 38 del artículo 74 del reglamento interno de trabajo de la empresa agroindustrial para la que laboraba.
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Respecto a la falta grave de incumplimiento de las obligaciones de trabajo que supone el quebrantamiento de la buena fe laboral, el supremo tribunal concluyó que se debe entender que el contenido estricto de esta falta reside en el incumplimiento del trabajador de las labores que tiene asignadas en la empresa, es decir, las “obligaciones de trabajo” cuyo incumplimiento se tipifica como falta grave.
Ante esta sentencia, el laboralista Percy Alache sugiere a los empleadores tener una matriz o cuadro de faltas y sanciones, así como medir la frecuencia de las faltas por cada área de la empresa. A su vez, recomienda a las empresas proponer acciones de control y actualizar el reglamento interno de trabajo y las políticas de sanciones. No obstante, todo debe estar debidamente investigado y documentado, detalló el experto, que se desempeña como director del Área Laboral de Pwc - Perú.
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