Confirman condena para peluquero que obligó a niño a tener relaciones

REDACCION/03JUN19
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Sujeto fue sentenciado a 30 años de cárcel. Hechos suscitaron ern Huancavelica a partir del 2010, y en todo el proceso judicial la defensa alegaba la inocencia del acusado, Juan Ccanto Condori (60), alías “Paloma”, es buscado por la Policía ya que tiene una condena de 30 años de cárcel.

El sujeto fue hallado culpable de haber obligado a un niño de 10 años a tener relaciones en varias ocasiones.

La acusación fue planteada en un inicio por el fiscal Bebel Smith Arana Candiotti, quien fundamentó la imputación en los hechos suscitados a partir del año 2010.

El sujeto era conocido por los pobladores de la localidad donde vivía la víctima ya que se dedicaba al corte de cabello en una peluquería.

La madre de la víctima, confiando la seguridad de su hijo, deja al menor con el imputado, quien aprovechando el momento, obligó al niño a tener relaciones.

El niño tenía 12 años cuando ocurrió el atroz hecho. Pero esto no quedó ahí, el sujeto continuó cometiendo el delito varias veces y le daba 3 soles al menor para que no contara lo ocurrido. Incluso habría dejado que otro homosexual haya abusado del niño.

De esto llegó a enterarse la madre del menor, quien luego puso la denuncia correspondiente.

Es por ello, que la Fiscalía acusó a Ccanto del delito contra la libertad sexual, en la modalidad de violación a un menor de edad.

Cabe precisar que en todo el proceso judicial, la defensa técnica del imputado alegaba la inocencia del acusado.

Al final, el Colegiado de la Corte de Huancavelica (conformado por los jueces Carlos Samaniego, Marisol Jaramillo y Hernán Pozo) condenó al imputado a 30 años de pena privativa de la libertad con carácter efectiva.

Esto fue apelado ante la Sala Penal de Apelaciones de la Corte de Huancavelica (integrada por los magistrados Manuel Mantari, Diego Machuca y Máximo Torres) por la defensa técnica; y en audiencia, la fiscal Nirma Margot Sánchez Flores respaldó el fundamento del anterior fiscal.

La Sala evaluó el argumento de las partes y decidió declarar infundado el recurso impugnatorio de la defensa.

Cabe señalar que la pena iniciará su conteo cuando el sujeto sea ubicado, detenido y trasladado al penal de Huancavelica.

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