Contraloría advirtió situaciones adversas en entrega de bono familiar universal

La Contraloría General de la República recomendó al Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensión 65, adoptar medidas preventivas y correctivas pertinentes, tras detectar que designó a 3864 personas que se encuentran privadas de su libertad por diferentes delitos, como responsables de cobrar el Bono Familiar Universal de 760 soles en “nombre” de su familia, aun cuando la pauta técnica establecida por este mismo programa, los excluye para dicha designación.

El informe de Visita de Control N° 021-2020-OCI/5963-SVC, evidenció que Pensión 65 solo usó como fuente primaria la base de datos del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), a pesar de la necesidad de contrastar esta relación con la del Registro Penitenciario del INPE, a fin de conocer quienes se encuentran privados de su libertad.

El segundo bono de 760 soles, dispuesto por el Decreto Urgencia N° 052-2020 en el marco de la Emergencia Sanitaria, solo debía ser cobrado en el ámbito rural por representantes de los hogares en condición de pobreza y pobreza extrema que se encuentran en el Sistema de Focalización de Hogares, en el Programa JUNTOS, Pensión 65, en el Programa de personas con Discapacidad Severa- CONTIGO, y quienes no se encuentren en planillas laborales.

Sin embargo, la Contraloría advirtió que el 18.69% del total de internos (722 de 3864) cobraron el bono por la suma total de 548,720 soles, mediante banca celular, billetera electrónica y depósito.

Cabe señalar que la pauta técnica para la designación de los responsables del cobro del subsidio monetario correspondiente al padrón del segundo grupo de hogares beneficiarios en el ámbito rural, indica expresamente que “no se consideran los miembros del hogar que se encuentren registrados como fallecidos por el Reniec. Asimismo, aquellos que se encuentren privados de su libertad”.

Al desconocer si el subsidio monetario llegó efectivamente a los hogares vulnerables, esta situación afecta su economía, y con ello la finalidad pública prevista, ya que debido al confinamiento social establecido por el gobierno para reducir el impacto negativo del COVID-19, muchas familias que se dedicaban a actividades laborales de forma independiente dejaron de trabajar y vieron reducidos sus ingresos para el consumo esencial de alimentos.

La Contraloría, mediante el Órgano de Control Institucional (OCI) de Pensión 65, derivó el informe de control al titular de la entidad para que adopte las medidas preventivas y correctivas, de acuerdo a su competencia. Estas acciones deben ser comunicadas al Órgano de Control Institucional de esta entidad, a fin de hacerle seguimiento a las mismas.

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