Indecopi: Cineplanet y Cinemark deberán acatar resolución a partir del 17 de marzo

La Sala Especializada en Protección al Consumidor (SPC) del Tribunal del Indecopi aclaró las condiciones con las que se aplicarán las resoluciones que obligaban a Cineplanet y Cinemark a dejar que los usuarios que van a sus salas puedan ingresar con alimentos adquiridos fuera.

De esta manera, la cadena Cineplanet deberá acatar la resolución desde el próximo sábado 17 de marzo y la cadena Cinemark deberá hacerlo desde el miércoles 21.

Indecopi detalló que los usuarios pueden ingresar a las salas de cine con los mismos alimentos y bebidas que se venden en las confiterías de ambas cadenas. Por ejemplo, si Cineplanet o Cinemark vendieran cancha salada, cancha dulce, gaseosas, sánguches de hot dog y helados, por citar algunos productos, los consumidores podrán ingresar con dichos alimentos provenientes del exterior de los locales.

Asimismo, los productos que ingresen los consumidores pueden ser de diferente marca de aquellos que expenden los cines, siempre y cuando se trate del mismo tipo de producto.

El ente regulador recomendó que Cineplanet y Cinemark deberán establecer la medidas idóneas para que se cumplan las medidas correctivas. Por ejemplo podrían elaborar y publicar en sus páginas web, así como en la entrada de sus salas de cine, una lista de todos los alimentos y bebidas que comercializan, para así informar claramente al público cuáles son aquellos productos que permitirán ingresar a sus salas de cine, de manera indefectible.

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