Indecopi suspendió temporalmente resolución de ingreso de snacks a cines

El Indecopi suspendió temporalmente la resolución que ordenaba a las cadenas de cines Cineplanet y Cinemark admitir el ingreso de snacks comprados fuera de sus establecimientos.

Mediante un comunicado señaló que la medida responde a un pedido de aclaración solicitado por las cadenas Cinemark y Cineplanet a la Sala Especializada en Protección al Consumidor (SPC) del Tribunal del Indecopi.

En su sesión de hoy viernes 2 de marzo de 2018, la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Tribunal del Indecopi, decidió suspender el plazo que había establecido para que se abstengan de restringir el ingreso de alimentos y/o bebidas a las salas de cine, adquiridos fuera de sus locales, a nivel nacional, así como los avisos donde informaban a los consumidores tal prohibición, señala el comunicado.

Según el Artículo 28 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Indecopi, las Salas del Tribunal deberán expedir la resolución que se pronuncia sobre el pedido de aclaración dentro de 30 días hábiles siguientes de formulado el pedido.

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