Prohíben a bancos embargar cuentas sueldo de clientes por deudas

La Corte Suprema de Justicia determinó que de la fecha en adelante las entidades financieras ya no podrán descontar o embargar dinero de las cuentas sueldo de sus clientes, en caso de que estos tengan deudas atrasadas o vencidas por créditos de consumo, vehiculares, hipotecarios, entre otros.

Sin embargo, la decisión de la Corte Suprema indica que el dispositivo podrá ser activado por las personas que tengan hasta 5 Unidades de Referencia Procesal (10% de una UIT), es decir que solo 2.075 soles son inembargables.

De esta manera, solo a partir de los 2.075 soles en adelante, los bancos podrán descontar solo la tercera parte del excedente.

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